El articulado definitivo de la nueva ley laboral incorpora obligaciones onerosas para las empresas a saber: El recargo por laborar domingos y festivos el cual sube del 75 % al 100 %; la jornada nocturna ahora empieza a las 7:00 p. m.; al respecto es importante indicar que la aplicación del recargo nocturno está diferida a seis meses (a partir de enero de 2026) y frente al recargo por día de descanso se establece una gradualidad, iniciando con un 80% en julio de 2025 y finalizando el aumento al 100% en julio del 2027. Se añaden obligaciones frente a licencias remuneradas para —citas médicas de urgencia o con especialistas, calamidad familiar ampliada, deberes escolares— que exigen reemplazos y gestión administrativa. Se limita la duración de los contratos a término fijo, los cuales, a partir de la vigencia de esta norma no podrán tener una duración mayor a 4 años, so pena de entenderse suscritos a término indefinido. En la microempresa, donde el margen es mínimo y más del 84 % del empleo sigue siendo informal, estas cargas pueden promover la contratación por fuera de estas disposiciones legales, generando aún más informalidad.
Otro aspecto importante es de los aprendices los cuales, con la reforma pasan a tener contratos de trabajo especial a término fijo y en consecuencia el aprendiz tendrá las siguientes prerrogativas: Fase lectiva, debe estar afiliado a salud y riesgos laborales, pagados por la empresa como dependiente. Fase práctica debe estar afiliado a riesgos laborales, a pensiones y salud, conforme al régimen de trabajadores dependientes, y tendrán derecho al pago de todas las prestaciones sociales, auxilios y demás derechos del contrato laboral.
A pesar de lo anterior, hay algunos aspectos positivos para las empresas: El procedimiento disciplinario que trae consigo la norma es claro en indicar que este solo aplica para sancionar (suspensión, llamados de atención o multas), más no es necesario para despedir, bastando en este caso la sola escucha al trabajador. En este punto es muy importante resaltar que la norma otorga 12 meses a las empresas para actualizar el reglamento interno de trabajo con esta nueva disposición, so pena del riesgo de incurrir en multas por parte del Ministerio del Trabajo; la jornada semestral de protección a la familia o más conocido como “día de la familia” que se buscaba continuara siendo obligatorio, con la nueva ley se indica su voluntariedad; desaparece el permiso del Ministerio del Trabajo para autorizar el trabajo de horas extra. Además, nace el programa “Crea Empleo” el cual ofrece subsidios de hasta el 25% del salario mínimo por la contratación adicional de jóvenes, mujeres y mayores de 50 años.
Recomendaciones para afrontar la reforma laboral:
- Revisar costos: Modelar el impacto de recargos (dominical, nocturno, pagos laborales aprendices, etc…) de cara a su estrategia de contratación y de relaciones laborales.
- Capacitar a los líderes de los equipos. Es importante que estos conozcan los nuevos cambios y puedan dar respuesta a preguntas de sus equipos de trabajo, lo cual evita que se genere desinformación.
- Aprovechar los incentivos de formalización. Inscribirse en el programa “Crea Empleo”, evaluar jornadas flexibles que tiene la norma para facilitar el cumplimiento de la reducción de la jornada laboral sin afectar la productividad.
Juan Carlos Suárez Henao
Gerente
Chapman Wilches Medellín
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